
»MITOS VS REALIDADES»
¿QUE SON LAS SUSTANCIAS BÁSICAS?
Son conocidas como sustancias básicas aquellas que tienen un uso principal NO FITOSANITARIO, pero que pueden tener ciertos usos útiles para fines fitosanitarios en semillas, cultivos, aperos…
¿ESTÁN REGULADAS?
Si, estas sustancias están reguladas por el Reglamento (CE) Nº1107/2009 de productos fitosanitarios, en el cual en el artículo 23 se establecen los criterios de aprobación de dichas sustancias.
¿UNA SUSTANCIA BÁSICA NO REQUIERE UNA EVALUACIÓN PARA SER APROBADA?
Falso, es necesaria una evaluación de la sustancia. Se solicitará a la Comisión Europea la evaluación y dictaminará si es favorable. Se aprueba para toda la UE, además por un tiempo indefinido. Si por el contrario no se demuestra su seguridad para la salud humana, animal o medio ambiente, la sustancia básica no seria aprobada conforme al documento guía SANCO/10363/2012.
¿SON MAS SEGURAS LAS SUSTANCIAS BÁSICAS VS FITOSANITARIOS?
Falso, las seguridad del uso de las sustancias básicas dependen del uso y dosis utilizados, como ocurre con cualquier sustancia.
¿ES LO MISMO UNA SUSTANCIA BÁSICA QUE UN FITOSANITARIO DE BAJO RIESGO?
Falso, no se deben confundir con un producto fitosanitario considerado de bajo riesgo, que requieren registro y contienen sustancias activas fitosanitarias autorizadas y listadas en la parte B del Reglamento 540/2011.
¿ LOS PRODUCTOS CON SUSTANCIAS BÁSICAS NO NECESITAN AUTORIZACIÓN?
Si, no se requiere un registro previo del producto con sustancias básicas para su uso especifico en vegetales, al no ser un producto fitosanitario. Pero si deben estar dichas sustancias listadas en el Reglamento de Ejecución(UE) 540/2011, en la parte C, específica de sustancias básicas aprobadas.
¿LOS PRODUCTOS QUE CONTIENEN SUSTANCIAS BÁSICAS SE PUEDEN UTILIZAR EN CUALQUIER CULTIVO Y USO?
Falso, los ámbitos de utilización y de composición están previstas según su reglamento de aprobación. La Comisión Europea, publica todos los Informes de revisión de las sustancias, donde se detallan los usos aprobados.
¿EN LA ETIQUETA PUEDE HABER UNA MENCIÓN SOBRE UN EFECTO FITOSANITARIO?
Falso, en ningún momento se podrá comercializar como un producto fitosanitario, pero en la etiqueta del producto se puede indicar que las sustancias básicas que contiene están aprobadas con arreglo al artículo 23 del Reglamento (CE) 1107/2009.
¿DÓNDE PUEDO CONSULTAR SI UN DETERMINADO PRODUCTO ESTA AUTORIZADO COMO SUSTANCIA BÁSICA Y EN QUE CONDICIONES?
A nivel europeo puedes encontrar dicha información en la siguiente página web: http://ec.europa.eu/food/plant/pesticides/eu-pesticides-database/public/?event=homepage&language=EN